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Áreas de Competencia

Por veinte años, he tenido la oportunidad de investigar sobre materias que rigen los Negocios Actuales, tanto Nacionales como Internacionales, dentro del espectro del Derecho y las Relaciones Humanas!
Sucesiones y Derecho Hereditario

La situación que sigue a la muerte de una persona natural, en relación con la titularidad de las relaciones jurídicas de las cuales esta era sujeto, no pueden ser ignoradas por el Derecho. 

Por el contrario, a través de los tiempos, han existido disposiciones legales encaminadas a regular la suerte de estas relaciones y a determinar los efectos que sobre ellas producen la muerte de su titular.

 

Nuestro Código Civil Vigente, en su Articulo 796. Establece: "la propiedad y de mas derechos se adquieren y transmiten por la ley, por la secesion y por efectos de los contratos"

 

Derecho Mercantil

Es una Rama Autónoma de las demás del Derecho; posee Principios de Plenitud (impone que todos los casos que se presenten tienen que tener solución), es la rama del Derecho Privado constituido por una serie de normas que regulan aquellos actos que la Ley considera como Actos de Comercio.

En mi vida profesional, desarrolle gran parte de ella en trabajar en varias oficinas de Registro Mercantil y en otras que formaban parte de la familia SAREN.

 

Allí pude observar las falencias cometidas por los profesionales del derecho en su ejercicio, conocí a fondo las directrices y los criterios sugeridos por la Dirección Generen de Registros y Notarias, formando así, parte integral del SAREN, Servicio Autónomo de Registros y Notarias.

 

E-Business And E-commer

 

Este panorama se agrava cuando esta E-relation es a nivel internacional de todas las herramientas que nos brinda la Tecnología de la Información el término "E-Business" es representativo de Negocios Electrónicos y comprende la forma en que las empresas se transforman y renuevan en su inserción en los negocios actuales, y no es simplemente la presencia institucional en una pagina Web o utilizar las herramientas y plataformas.

 

Sugiere que exige reconsiderar, reposicionar y replantear completamente la propuesta de valores de las empresas.


Su principal función hace a la detección del cliente, brindarle información con optima velocidad de respuesta, atenderlo, realizar encuestas y lograr con él una interactuación constante.

 

Derecho Registral

Se puede decir que el derecho Regsitral es una rama del Derecho Público específicamente del Derecho Civil, la cual consiste en regular las formalidades en actos registrales y de contratos.

 

Por esta razón se considera que es adjetivo por sus procedimientos formalistas y por que el mismo no actúa de manera de oficio, osea las partes vinculadas acceden a la administraron de dichos servicios para obtener las contraprestaciones pertinentes, después de haber pagado las tasas y los impuestos relativos a los servicios establecidos en la ley.

Soy docente de Postgrado en universidades Publicas y Privadas, en las cuales he sido el profesor de las Asignaturas de Derecho Civil Registral, Administración de PYME y Teoria y desarrollo Organizacional.

 

Actualmente apoyo a un programa de estudios avanzados sobre negocios Inmobiliarios (PREANI), patrocinado por la Camara Inmobiliaria de Venezuela y la UCAB.

Kaizen Organizacional

 

El propósito del programa que he diseñado, se centra, en generar que el participante entre en un estado de conciencia que le permita integrarse a una cultura organizacional colectiva.

 

Las organizaciones y sus colaboradores, tendrán la capacidad de entender la filosofía KAIZEN, la cual podrá aplicarse a su GEMBA (sitio de trabajo o unidad de producción), donde la razón última no se enfoca en el producto o servicio, sino en el perfeccionamiento de los procesos, desarrollando la mejora continua en pequeños pasos con costos muy bajos.

 

Elevando el desempeño de la organización a niveles óptimos, teniendo el tiempo como el recurso más valioso apoyado en el compromiso.

Esta filosofía descansa en unas metodologías que forman parte integral de mecanismos altamente competitivos y fácil comprencion, TQM; Just it Time, TQM, Sistemas de Políticas, Sistema de Sugerencias, entre otros.

Gustosamente le atenderemos!

Coaching Empresarial, Ejecutivo y Mentoring

El Coaching es una herramienta poderosicima, que permite la transformación integral del individuo, esto producto de investigaciones y testimonios llevados a la palestra publica, por medio de integrantes y organizaciones que han tenido la oportunidad de formar parte de este estudio y sus planes de acción.

En mis haberes académicos y por la experiencia que he tenido, he cosechado mas de 250 horas de practica y mas de 5 credenciales a nivel Nacional e Internacional.

Herramientas que utilizo para el acercamiento, la escucha,  la atención y la puesta en marcha, de algún plan para resolver las falencias de mis clientes, estudiantes y allegados, tomando al ser humano como el epicentro del desarrollo potencial que existe dentro de El!

Derecho Marítimo Internacional

Privilegios Marítimos.

Concepto y Características de los Privilegios Marítimos 

Breve referencia a los Privilegios del Derecho Común.

 

Si bien es cierto que uno de los particularismos del derecho de la navegación es que se hace patente respecto al tema de los privilegios marítimos, también es preciso señalar que lo es la fuente y remisión natural de éstos se encuentra precisamente en el derecho común.

 

De este modo, conviene a manera de antecedente conceptual, señalar algunas precisiones que grandes civilistas como Marcel Planiol, Georges Ripert o Julián Bonnecase han hecho respecto a las nociones conceptuales de este tema en estudio.

 

Cabe precisar, que no esbozare en el acalorado debate sobre la naturaleza jurídica de los privilegios en general, ya que hemos reservado ese tópico para un segmento especial. Pues bien, destaquemos algunas de las precisiones civilistas sobre los privilegios en general.

  • El privilegio es una disposición de ley que favorece a un acreedor. En caso de insolvencia del deudor, enseñan Planiol & Ripert, se le paga, no a prorrata, sino con preferencia a los demás; esto es, en su totalidad antes que a ellos. Si se trata de un acreedor que tiene ya un derecho de preferencia como prendario o hipotecario, se le concede una situación favorable pagándole antes que a aquellos que tienen un derecho anterior al suyo. De esto resulta que sólo la ley puede establecer privilegios, por ello, los privilegios son de interpretación estricta y no existen sin un texto que los conceda expresamente:

  • Los privilegios que se analizan, todos en un derecho de preferencia concedida a ciertos acreedores, nos indican los mismos autores privilegios generales, que recaen sobre la totalidad de los bienes, o privilegios especiales, que recaen únicamente sobre ciertos bienes. Entre estos últimos, unos son muebles, otros inmuebles, según la naturaleza de su objeto.

  • Según su origen y su fin, los privilegios generales son de dos clases: unos son establecidos por leyes civiles en provecho de los particulares; los otros han sido creados por leyes administrativas en provecho del fisco;

  • El privilegio enuncia Bonnecase, no es un derecho, sino la cualidad de un derecho, o mejor dicho, la propiedad de un derecho en el sentido científico y filosófico del término; esta propiedad se traduce uniformemente, por un rango específico de preferencia, que se injerta directamente en un derecho de crédito o en uno real de garantía, e indirectamente sobre el crédito que sirve de soporte a este derecho.

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